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Por qué la jueza Camus declaró inimputable a un menor que intentó robar

La dura historia familiar que lo sumió en las drogas y el alcohol, fue el motivo principal.

Publicada el Viernes 20 de Noviembre de 2020



Por qué la jueza Camus declaró inimputable a un menor que intentó robar

Un joven de 18 años, que al momento de cometer un delito era menor de edad, fue declarado inimputable por la jueza de Menores N°2, María Julia Camus y, además, ordenó su internación en el servicio de Psiquiatría del Hospital Marcial Quiroga por un plazo máximo de 60 días o cuando reciba el alta médica, lo que resultare menor. Camus, con esta resolución, sobreseyó por inimputabilidad al acusado del delito de robo en grado de tentativa, ocurrido el 18 de enero de 2019 en un domicilio comercial de Santa Lucía.

 Los informes técnicos indican que el joven no tuvo una vida fácil, por eso la magistrada consideró que “a lo largo de la trayectoria de vida del joven se puede evidenciar la presencia del consumo problemático de sustancias y conductas transgresoras a la ley, lo que deriva en intentos de abordaje por parte del Servicio Local de Niñez, sumada entre otros, los cuales no arribaron a resultados significativos debido a la escasez de compromiso por parte del joven y su familia".

En cuanto al estado del funcionamiento mental, más precisamente en relación a la función del juicio crítico la profesional interviniente expresó en las observaciones lo siguiente: "no se descartaría la presencia de indicadores compatibles con retraso madurativo y/o funcional". En relación a la valoración de las condiciones psicológicas y sociales para que el joven pueda prestar declaración informativa la profesional expresa "... es presumible que el adolescente entrevistado podría estar consumiendo sustancias tóxicas y/o adictivas".

El Equipo Técnico de Admisión de la Dirección Integral de Abordaje de las Adicciones entrevistó al imputado el día 19 de enero de 2019, un día después de haber sido detenido tras la denuncia de la damnificada. Allí refieren al Equipo Técnico que el joven se encuentra detenido desde el día 18 de enero de 2019 por la tarde, al momento de la entrevista el joven se presentó lúcido, con escasa orientación témpora - espacial. No presenta alteraciones senso - perceptivas. El curso y contenido del pensamiento se encuentra deteriorado, teniendo por momento incoherencias e inconsistencias en su relato, ligado a disgregaciones del mismo. Se observa un pensamiento pobre, tanto en su expresión como en su contenido, así como también enlentecido. Sin conciencia de enfermedad ni de situación.

En cuanto al consumo de sustancias, si bien el joven relata haber consumido marihuana desde los 11 años aproximadamente y psicofármacos desde los 12, según refiere, con un patrón de consumo diario, no registra esto como una situación problemática o de riesgo para sí mismo o para terceros. Por otro lado, también refiere consumir alcohol en fiestas y juntadas con amigos los fines de semana. Alexander no ha tenido anteriormente ningún tipo de tratamiento en relación a dicha problemática, así como refiere que ningún familiar suyo consume. 

Camus, concluyó que “la judicatura específica de menores en pugna con la ley penal no constituye una estigmatización de la condición de éstos, sino la consagración de un compromiso serio y realista que, a partir de la especialización y la aplicación de principios protectores, logre la recuperación de su persona. Indudablemente el juez de menores, al conocer de los pormenores del hecho delictual y el fondo de la cuestión quien se encuentra en inmejorables condiciones de abordar la problemática interna y sociocultural del niño o adolescente sospechado de haber transgredido las normas penales”.



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