POLÍTICA
Es el segundo procesamiento firme para el rector, el anterior es por la muerte del alumno de ingeniería.
Publicada el Viernes 14 de Febrero de 2020
La Sala A de la Cámara Federal de Mendoza en virtud de la resolución de la Cámara Federal de Casación Penal, dispuso: “HACER LUGAR al recurso de casación deducido por el doctor Miguel H. Arancibia, en representación de la Querella y decidió anular la decisión dictada por la Sala “B” de la Cámara de Apelaciones de Mendoza, provincia y devolver las actuaciones al Juzgado de primera instancia -Miguel Gálvez- para su sustanciación. El que debe clausurar la etapa y elevar a juicio Oral, atento que Nasisi ya no tiene otros recursos legales que presentar en esta causa.
Esta sentencia está en concordancia con lo resuelto por la Cámara de Casación Penal, Sala IV, presidida por Gustavo Hornos.
Esta sentencia de la Cámara Federal de Mendoza agota los recursos por lo que las partes ya no tienen otra instancia para apelar. Esto afecta al actual Rector de la Universidad Nacional de San Juan, Oscar Nasisi, por lo que el Juez Miguel Gálvez tiene que cerrar la etapa y elevar la causa al Tribunal Oral Federal de la provincia de San Juan para el juicio correspondiente.
Con esta elevación a juicio, Nasisi suma su segundo procesamiento firme. El primero tiene relación con la muerte del exestudiante de Ingeniería, Fernando Reynoso, que murió por un golpe de corriente dentro de una de las aulas
La sentencia de la Cámara de apelaciones de Mendoza confirma todo lo actuado por el Juez de Instrucción Miguel Gálvez que encuadró la conducta de Oscar Nasisi en las figuras de defraudación por retención indebida e incumplimiento de los deberes de funcionario público (arts. 173, inc. 2º y 249 del C.P.).
La Cámara de Apelaciones destacó en su sentencia la reseña de la abundante prueba colectada durante la investigación, enumerando algunas de ellas, como reconocimiento de algunos de los imputaos de la existencia de personal, equipamientos y trabajos de propiedad de la mencionada A.C.I.I.M. dentro de sus instalaciones. Que las autoridades de la Facultad de Ingeniería unilateralmente ingresaron con auxilio de un cerrajero a la oficina del Instituto de Investigaciones Mineras de la Universidad, donde se hallaban los bienes indicados, utilizados por Rudolph y Matar, y los colocaron en 14 cajas sin individualizar su contenido, que fueron cerradas y precintadas con la firma de un escribano.
En el mismo orden de ideas, en concordancia con la Cámara de Casación Penal Sala IV, la Sala “B” de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza destacó que el juez Gálvez acreditó lo expresado en la denuncia penal de los ingenieros, la participación y dominio material sobre el suceso de no querer devolver los bienes de los Ingenieros Rudolph, Matar y ACIIM, y consideran que la Sala B dictó erróneamente y sin argumentos el sobreseimiento de Nasisi.
Esta es la segunda sentencia que avala el procesamiento del Rector Nasisi dictado por el Juez Federal Miguel Gálvez, y destaca la investigación y recolección de pruebas.
El Rector Nasisi devolvió solo 9 cajas (abiertas) a Rudolph y Matar y faltaban los elementos más importantes. La sentencia también destaca la permanente obstrucción del rector para devolver los bienes.