POLÍTICA
Además, diputados aprobó le emergencia hídrica.
Publicada el Viernes 29 de Octubre de 2021
Mediante un proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, la Cámara de Diputados decidió incorporar al Sistema de Flagrancia el artículo 182º del Código Procesal Penal que comprende los delitos de desvío o robo de agua.
Por otro lado, el cuerpo legislativo aprobó, entre otros asuntos, la prórroga de las Leyes de Emergencia Hídrica.
Tras la presentación de los fundamentos por parte de la diputada Celina Ramella como miembro informante, el cuerpo legislativo aprobó la incorporación, al Sistema de Flagrancia, del artículo 182º del Código Procesal Penal con relación a los delitos de desvío o robo de agua.
“Actualmente esta práctica es mucho más común de lo que se creía, por eso considero muy importante contar con esta herramienta para dar respuesta a aquellos que sí tienen derecho a este uso del agua y que se ven perjudicados por aquellos que solo piensan en su interés particular, desconociendo el interés público”, expresó la legisladora.
Sobre el particular, el artículo 182º del Código Penal, señala que:
“Será reprimido con prisión de quince días a un año:
1. El que ilícitamente y con el propósito de causar perjuicio a otro sacare aguas de represas, estanques u otros depósitos, ríos, arroyos, fuentes, canales o acueductos o las sacare en mayor cantidad que aquella a que tenga derecho;
2. El que estorbare el ejercicio de los derechos que un tercero tuviere sobre dichas aguas;
3. El que ilícitamente y con el propósito de causar perjuicio a otro represare, desviare o detuviere las aguas de los ríos, arroyos, canales o fuentes o usurpare un derecho cualquiera referente al curso de ellas.
La pena se aumentará hasta dos años, si para cometer los delitos expresados en los números anteriores, se rompieren o alteraren diques, esclusas, compuertas u otras obras semejantes hechas en los ríos, arroyos, fuentes, depósitos, canales o acueductos”.
Después, el Poder Legislativo decidió prorrogar la Ley Nº 1263-L que declara el Estado de Emergencia Hídrica en todo el territorio de la provincia hasta el 26 de noviembre de 2022. Este asunto fue fundamentado por el diputado Juan Carlos Abarca. En la ocasión, explicó que se incorporó al artículo tercero de la norma citada lo siguiente:
“Se autoriza a la Dirección del Departamento de Hidráulica a celebrar convenios con los titulares o usuarios de perforaciones localizadas en todo el territorio de la provincia de San Juan para la utilización del agua subterránea, se traten de perforaciones registradas o no, siempre que cumplan con los requerimientos establecidos por el Departamento de Hidráulica”.