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Condenan por abuso a importante abogado de Buenos Aires

Se trata del presidente del Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de San Martín.

Publicada el Martes 27 de Junio de 2023



Condenan por abuso a importante abogado de Buenos Aires

Mario Roberto Cabrera Cordone es el presidente del Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de San Martín y en juicio abreviado, fue condenado a dos años de prisión condicional por abuso sexual con acceso carnal en perjuicio del recepcionista de un hotel. A esto se suma cuestiones accesorias como no consumir estupefacientes durante esos dos años.

Este es el relato que hace el sistema de Flagrancia: HECHO: El denunciante SR. S. D. F., se desempeña laboralmente en el hotel del Park cumpliendo la función de recepcionista. Que el imputado, Sr. C. C. M. R., se encontraba hospedado junto a su esposa en el mencionado hotel, específicamente en la habitación 217, quienes estaban registrados desde el día 21/06/2023 hasta el día 25/06/2023, ambos con domicilio en la Provincia de Buenos Aires.

Que el día 23/06/2023 siendo aproximadamente las 19:00 hs, el denunciado manifestó que llegaría un primo de él y que era su deseo que se hospede en la habitación 211 que HORA DE CIERRE se encuentra en el mismo piso y pasillo. Ante esta petición, una empleada del hotel, luego de corroborar que la habitación estaba desocupada, le indicó al denunciante que lo acompañe al agresor a los fines de mostrarle las instalaciones.

Al ingresar a la habitación, el denunciado se bajó el pantalón y bóxer, comenzó a masturbarse, a pesar de las reiteradas negativas expresadas por el denunciante a las propuestas del imputado, éste le bajo el pantalón hasta dónde termina el bóxer, lo beso en la boca.

Posteriormente intentó introducir su pene en la boca de la víctima, quien logró zafarse y se dirigió hacia la puerta de la habitación y la abrió. Ya con la puerta abierta pudo observar que el denunciado se dirigió hacia el baño y eyaculo en la bacha.

CALIFICACIÓN: La situación fáctica relatada, nos permite encuadrar el hecho objeto de investigación en la figura del delito de “abuso sexual con acceso carnal (art. 119 tercer párrafo del C.P. y en grado de tentativa (art. 42 del C.P) en carácter de autor (art. 45 del C.P.)”



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