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Cómo funcionará el Poder Judicial a partir del lunes

Nuevo horario, reanudación de procesos y atención de la MEV.

Publicada el Viernes 28 de Mayo de 2021



Cómo funcionará el Poder Judicial a partir del lunes

La Corte de Justicia de San Juan, integrada por el Dr. Daniel Olivares Yapur (Presidente), y los ministros Dr. Juan José Victoria, Dr. Guillermo Horacio De Sanctis, Dr. Marcelo Jorge Lima y Dra. Adriana García Nieto, con la asistencia del Fiscal General de la Corte, Dr. Eduardo Quattropani, a través del Acuerdo General Nº 147, dispuso las condiciones de la prestación del servicio de Justicia a partir del lunes 31 de mayo, en el marco del Régimen de Regulación Administrada de la Actividad Judicial por Razones de Emergencia Sanitaria vigente.

A través del Acuerdo General Nº 147 se dispuso que “a partir del día 31 de mayo de 2021 se reanude el trámite y los plazos que estuvieren suspendidos, así como la realización de audiencias y se habilite la iniciación de todo tipo de procesos, en todos los fueros e instancias, en ambas circunscripciones; quedando la actividad normalizada en todos los organismos y en las condiciones previstas en el presente instrumento”.

Asimismo, se determinó que la jornada laboral sea de 7.30 a 13 h. En cuanto al horario de atención a profesionales y público será de 8 a 13 h, con turno exclusivamente. Y en los organismos que operan mediante la plataforma digital MEV (Mesa de Entradas Virtual) “la atención de profesional sin turno para prestación de escritos será estrictamente excepcional”. El horario de presentaciones judiciales electrónicas a través de la MEV será de 8 a 15 h.

Ministerio Público Fiscal

El Fiscal General de la Corte, Eduardo Quattropani, emitió la Resolución 4148 estableciendo la modalidad y horarios de trabajo del Ministerio Público Fiscal a partir del lunes 31 de mayo.

Quattropani dispuso adherir al Acuerdo General N ° 147 de la Corte de Justicia para ser aplicado en Fiscalías de Cámara y de Impugnación, Fiscalías de Ejecución Penal, Fiscalías Penales de Niñez y Adolescencia, Fiscalía Civil, Fiscalías Correccionales y de Instrucción, Asesorías Oficiales y en el Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción Judicial.

El horario para el personal de los organismos enumerados en el apartado primero será de 7:30 a 13:00 horas, disponiéndose asimismo que los titulares de los organismos solo podrán convocar al personal en horario vespertino en caso de extrema e indispensable necesidad.

Respecto a las Unidades Fiscales (Flagrancia, ANIVI, CAVIG y Delitos Especiales) que sus Supervisores, en acuerdo con los Fiscales Coordinadores, deberán ajustar la convocatoria de personal de modo tal de cumplir con la protección de la salud de sus integrantes y de los justiciables, en especial tomando medidas que restrinjan al máximo la presencia y circulación de Fiscales, Ayudantes Fiscales, Personal, justiciables y terceras personas en el ámbito de las unidades fiscales, teniendo en cuenta los siguientes principios: 

  1. Privilegiar la mínima concurrencia del personal administrativo y el trabajo a distancia. Fijando el horario más reducido posible.-
  2. Recabar el mayor esfuerzo en Fiscales, Ayudantes Fiscales y Personal Profesional.



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