LOCALES
La resolución fue adoptada por el juez Gustavo Almirón, quien en un principio y hasta aclarar los hechos dictó la perimetral para ambas.
Publicada el Miércoles 20 de Marzo de 2019
El juez Gustavo Almirón, del Segundo Juzgado de Familia del Poder Judicial de San Juan, resolvió en la causa contra Federico Amin por la Ley 989-E.
En el punto 1 de la resolución, el Juez determinó: “Dejar sin efecto la medida de prohibición de acercamiento y/o merodeo al Sr. Federico Amín respecto de su novia y actual pareja Srta. Maria Josefina Robins Eross ordenada en resolución de fecha 04/01/2019”.
El punto 2 de la resolución establece: “Mantener la medida de prohibición de acercarse al Sr. Federico Amín y/o merodear a menos de trescientos metros del lugar en que se encuentre la Sra. Judith Eross”.
El punto 3 dice: “Ordenar a la Sra Judith Eross, a su hija Maria Josefina Robins Eross y al Sr. Federico Amín a la realización de tratamiento psicológico, con cargo de presentar mensualmente el informe respectivo al Tribunal”. Asimismo, el juez Almirón determinó las medidas en caso de incumplimiento: “Conforme lo dispuesto por el art. 40 inc. f de la ley 989-E se transcriben Apercibimientos: Art. 239 Código Penal: “Será reprimido con prisión de 15 días a 1 año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare resistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.
Además, el Art. 45 Ley provincial 989-E establece otras sanciones por el incumplimiento de las medidas ordenas en el Código Penal, que pueden ser: multa, arresto, trabajos comunitarios y/o asistencia a capacitaciones.
El caso fue monitoreado por la Oficina de la Mujer que depende de la Corte de Justicia.